Las inadecuadas condiciones de trabajo
(lugares, herramientas, máquinas, organización del trabajo…)
deben ser detectadas al objeto de su corrección temprana.
Documentación
Mediante una recopilación documental identificaremos las fuentes con capacidad potencial de producir lesiones y las situaciones peligrosas que pueden presentarse (¿Por qué, cuándo, de qué forma trabajadores y trabajadoras están expuestos a los peligros identificados?).
La información a recabar es muy amplia (listado no exhaustivo):
• Lugares de trabajo. Dimensiones del centro de trabajo, planos, “lay-out” (distribución de un almacén), etc.
• Inventario de máquinas y manuales de instrucciones de estas.
• Vehículos. Inventario, registros de mantenimientos de los vehículos, etc.
Observación
El punto anterior se complementará con una observación in situ de los lugares y espacios de trabajo, los equipos de trabajo e instalaciones y las tareas (tanto las habituales como las extraordinarias o esporádicas). Se deben tener en cuenta tanto las tareas realizadas en el centro de trabajo como fuera de este, incluyendo los desplazamientos.
Para dirigir nuestra observación podemos ayudarnos de listados elaborados por distintas instituciones o entidades (INSST, OSHA-EU, Institutos autonómicos…) o de listados de chequeo propios, basados en las exigencias normativas relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo.
Se detallan a continuación ejemplos de normativa o cuestionarios de aspectos específicos que se deberán tener en cuenta para la identificación de peligros:
En relación con los peligros de carácter general:
• Metodología práctica de Evaluación de las condiciones de trabajo en PYMES del INSST (incluye aspectos sobre identificación).En relación con peligros específicos:
Lugares de trabajo.
• Guía Técnica (GT) del RD 486/1997. A través de esta guía identificaremos elementos relacionados con lugares de trabajo concretamente:
- Condiciones constructivas (seguridad estructural, dimensiones espaciales, suelos, aberturas, desniveles, barandillas, tabiques, ventanas, vanos, vías de circulación, muelles, puertas y portones, rampas, escaleras y escalas fijas, vías de evacuación y salida.) (anexo I RD 486/1997).
- Señalización (Guía técnica del RD 485/1997).
- Material y local de primeros auxilios.
- Servicios higiénicos y locales de descanso.
- Orden y limpieza (Anexo II RD 486/1997).
Equipos de trabajo, incluyendo equipos móviles, equipos para la elevación de cargas, accesorios de elevación, etc.
• GT del RD1215/ 1997. A través de esta guía identificaremos aquellas situaciones de cada máquina que puedan suponer un riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores. Anexo I, anexo II del RD 1215/1997.
• Como resumen sencillo de lo anterior consultar manual de condiciones de seguridad en las máquinas del ISPLN (Apéndice A1)
• Para algo más detallado y con explicación puede consultarse la publicación sobre comprobaciones básicas de Seguridad en Máquinas para su puesta a disposición de los trabajadores (OSALAN).
Seguridad vial: observación del estado de vehículos, vías y organización de las tareas de transporte interno y exterior.
Fuente: Seguridad vial. ISPLN
Aspectos más concretos sobre la identificación pueden encontrarse en las diferentes guías de Seguridad Vial (accesibles a través del portal citado anteriormente). Por ejemplo:
- Guía de movilidad segura en la empresa del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. Apartado 1. Diagnóstico.
- Guía práctica de seguridad vial laboral. Guía de recursos y contenidos (OSALAN). Apartado 4. Factores de riego.
- Plan tipo de seguridad vial en la empresa. De la Dirección General de Tráfico. Anexo I y Anexo II. Propuestas de cuestionario (para personal y empresa respectivamente) para diagnóstico de situación en la empresa.
Almacenamientos: en función de qué almacenemos y el sistema que empleemos, se deberán observar las condiciones requeridas.
- NTP 1112.Seguridad en el almacenamiento de materiales mediante paletizado apilado sobre el suelo.Trabajos en espacios confinados. Junto con la información recopilada, la observación permitirá determinar los espacios confinados existentes en el lugar de trabajo y las tareas que se puedan realizar en ellos.
- Apéndice 1 de la Guía Técnica del RD 486/1997Trabajos en altura sean sobre equipos (andamios, plataformas, etc.) o en lugares sin protección como cubiertas/tejados...etc.
- Guía no vinculante sobre buenas prácticas para la aplicación de la Directiva 2001/45/CE (trabajo en altura).
- Guía para la prevención de riesgos laborales en la ejecución de trabajos en altura (Osalan).
Trabajos en atmósferas explosivas. Junto con la información recopilada, la observación permitirá determinar posibles atmósferas explosivas, fuentes de ignición, estado de los lugares de trabajo, características de los equipos de trabajo ubicados en dichas zonas…etc.
- Guía Técnica del RD 681/2003 en su apéndice 2 apartado 1.Riesgo de incendio (Relacionadas en mayor medida con la fase de diseño le corresponderá o habrá correspondido realizarlo a personal externo con experiencia).
- En establecimientos industriales. Real Decreto 2267/2004, NTP 831 y NTP 832. Se fijan criterios de caracterización de establecimientos, instalaciones de protección contra incendios y requisitos constructivos.Además, también podemos hacer uso de diferentes bases de datos y/o calculadores del INSHT para identificar peligros concretos. Ejemplos:
- Máquinas, productos químicos, etc.Consulta
Además consultaremos a la plantilla para detectar condiciones de trabajo peligrosas, que no se hayan detectado mediante la observación o de las cuales nos falte información. Es recomendable para dicha consulta preparar un guión que sirva para no olvidar aspectos de importancia a tener en cuenta.